Seis meses para reglamentar la prohibición de animales en la industria cosmética

Seis meses para reglamentar la prohibición de animales en la industria cosmética

El Consejo de Estado ordenó al Gobierno nacional reglamentar la Ley 2407 de 2020, por la cual se prohíbe en Colombia la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, sus ingredientes o combinaciones de ellos que sean objeto de pruebas con animales.

La decisión se adoptó en el marco de una acción de cumplimiento que tenía por objeto exigirle al Gobierno nacional acatar el artículo 6 de la Ley 2407 de 2020, en el sentido de expedir la reglamentación sobre la prohibición de la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, cuyos ingredientes y combinaciones sean objeto de prueba en animales.

Lo anterior, en tanto, al analizar el contenido de la disposición, la corporación concluyó que el referido artículo contiene un mandato imperativo e inobjetable de reglamentar la ley, el cual fue desatendido por parte del Gobierno nacional.

En consecuencia, la Sección Quinta, al encontrar vencido el plazo previsto en la ley para tal efecto, ordenó al Gobierno nacional que, en el término de seis (6) meses, expida la reglamentación correspondiente.

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